- A.Selección libre de pasajeros por su aspecto
- B.Universalidad, accesibilidad, continuidad y respeto a los usuarios
- C.Tarifa libre para cada conductor
- D.Exclusión de personas con discapacidad
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: B. Universalidad, accesibilidad, continuidad y respeto a los usuarios
Por qué
El artículo 3.c reconoce esos cuatro principios como base de la actividad.
La confusión habitual
La opción «Selección libre de pasajeros por su aspecto» cambia el alcance de la regla. Aplica el artículo 3.c y no una regla de otro transporte.
Para recordarlo
El acceso al servicio debe ser inclusivo.
Fuente y autoría
Ley 19/2003, de 4 de julio, del taxi. Artículo 3.c, texto consolidado del BOE.
Ejercicio original de Luz Verde. No publicado ni validado por el IMET. Comprobado frente a la fuente indicada el 3 de noviembre de 2026. En idiomas se verifica la comprensión del texto original del ejercicio, no una plantilla oficial.