- A.Solo en el distrito del Eixample
- B.En toda España sin excepción
- C.En el Área Metropolitana de Barcelona
- D.Solo en el aeropuerto
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: C. En el Área Metropolitana de Barcelona
Por qué
El artículo 2.1 remite al ámbito territorial del AMB definido por la Ley 31/2010.
La confusión habitual
«Solo en el distrito del Eixample» no reproduce la condición del artículo 2.1. Distingue habilitación, vehículo y prestación del servicio.
Para recordarlo
AMB es más que Barcelona ciudad.
Fuente y autoría
Reglamento Metropolitano del Taxi, versión castellana enlazada por el IMET en 2026. Artículo 2.1.
Ejercicio original de Luz Verde. No publicado ni validado por el IMET. Comprobado frente a la fuente indicada el 3 de noviembre de 2026. En idiomas se verifica la comprensión del texto original del ejercicio, no una plantilla oficial.