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Pregunta de práctica, no oficial

¿Qué medio de pago debe admitir el equipamiento del taxi?

Bloque 1 · Normativa · BCN-NORMATIVA-038

  1. A.Solo monedas
  2. B.Solo transferencia al día siguiente
  3. C.Tarjeta bancaria o sistema equivalente de pago móvil
  4. D.Solo efectivo exacto
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: C. Tarjeta bancaria o sistema equivalente de pago móvil

Por qué

El artículo 28.1.g exige lector de tarjeta o equivalente móvil. En caso de avería, regula obligaciones de reparación y justificación.

La confusión habitual

«Solo monedas» no reproduce la condición del artículo 28.1.g. Distingue habilitación, vehículo y prestación del servicio.

Para recordarlo

Tarjeta o equivalente es equipamiento obligatorio.

Fuente y autoría

Reglamento Metropolitano del Taxi, versión castellana enlazada por el IMET en 2026. Artículo 28.1.g.

Consultar la fuente oficial

Ejercicio original de Luz Verde. No publicado ni validado por el IMET. Comprobado frente a la fuente indicada el 3 de noviembre de 2026. En idiomas se verifica la comprensión del texto original del ejercicio, no una plantilla oficial.

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