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Pregunta oficial de la GVA · 31 de mayo de 2025

De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi de la Comunitat Valenciana, las personas usuarias del servicio de taxi tienen los siguientes derechos:

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B) A formular las reclamaciones que estimasen oportunas en relación con la prestación del servicio, debiendo facilitar el conductor, a petición de la persona usuaria, el libro o las hojas de reclamaciones.

Explicación de la respuesta

El artículo 23.k de la Ley 13/2017 reconoce al usuario el derecho a formular reclamaciones sobre el servicio y obliga al conductor a facilitarle el libro o las hojas de reclamaciones si lo pide. Es la B. Las otras opciones deforman derechos que sí existen, pero con otro alcance.

En qué fijarte

La A «A subir y bajar del vehículo en cualquier lugar» parece un derecho natural del cliente, pero la ley solo lo reconoce donde quede suficientemente garantizada la seguridad.

Para recordarlo

Hojas de reclamaciones siempre que las pidas.

Datos de la pregunta

Bloque
A. Marco jurídico
Convocatoria
APC València, 31 de mayo de 2025, pregunta 6
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.

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