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Pregunta oficial de la GVA · 23 de julio de 2022

De conformidad con la Orden 2/2019, de 27 de noviembre, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se regulan las tarifas urbanas de los servicios de transporte público de personas en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de València, según el artículo 2, la tarifa 5 es la:

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A) Tarifa urbana con origen en el aeropuerto, en horario diurno en días laborables.

Explicación de la respuesta

El artículo 2 de la Orden 2/2019 define la tarifa 5 como tarifa urbana con origen en el aeropuerto, en horario diurno en días laborables. Se usa para trayectos desde Manises hacia destinos dentro del área.

En qué fijarte

La C, «Tarifa interurbana ordinaria, con origen en el aeropuerto», es la tarifa 7, y confundir el 5 con el 7 es el fallo típico.

Para recordarlo

5 urbana desde el aeropuerto; 7 interurbana desde el aeropuerto.

Datos de la pregunta

Bloque
B. Marco tarifario
Convocatoria
APC València, 23 de julio de 2022, pregunta 14
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.

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