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Pregunta oficial de la GVA · 2 de abril de 2022

De conformidad con la Orden 2/2019, de 27 de noviembre, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se regulan las tarifas urbanas de los servicios de transporte público de personas en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de València, según el artículo 2, la tarifa 7 es la:

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C) Tarifa interurbana ordinaria, con origen en el aeropuerto, en horario diurno en días laborables incluidos los sábados.

Explicación de la respuesta

La Orden 2/2019 define la tarifa 7 como tarifa interurbana ordinaria, con origen en el aeropuerto, en horario diurno en días laborables incluidos los sábados. Se usa cuando se sale de Manises de día hacia un destino fuera del área.

En qué fijarte

La A, «Tarifa urbana con origen en el aeropuerto, en horario nocturno, sábados y festivos», es la tarifa 6, su vecina.

Para recordarlo

Tarifa 7: aeropuerto, fuera del área y de día, sábados incluidos.

Datos de la pregunta

Bloque
B. Marco tarifario
Convocatoria
APC València, 2 de abril de 2022, pregunta 14
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

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