Explicación de la respuesta
El artículo 38 de la Ley 13/2017 establece que el pago de las sanciones pecuniarias impuestas por resolución que ponga fin a la vía administrativa es requisito necesario para el visado, la rehabilitación, la reactivación, el levantamiento de la suspensión y la transmisión de autorizaciones. La B «…será requisito necesario…» reproduce esa regla. Así nadie renueva ni transmite su autorización con multas firmes pendientes.
En qué fijarte
La A «…NO será requisito necesario…» es idéntica a la B salvo por la negación en mayúsculas, que invierte el sentido; si lees deprisa, la eliges.
Para recordarlo
Sin multas pagadas no hay visado ni venta de la licencia.
Datos de la pregunta
- Bloque
- A. Marco jurídico
- Convocatoria
- APC València, 26 de septiembre de 2026, pregunta 10
- Uso en el simulador
- Incluida en la práctica vigente
Fuentes oficiales
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