Explicación de la respuesta
El artículo 2.i de la Ley 13/2017 define el transporte con vehículo adaptado como el que se realiza con un vehículo acondicionado para contener y utilizar al menos una silla de ruedas anclada y ocupada por una persona viajera. La B lo reproduce. La clave es que la persona viaja en su propia silla.
En qué fijarte
La C suena parecida, pero habla de una plaza habilitada para movilidad reducida, sin silla de ruedas anclada. La A confunde el número de plazas con la adaptación.
Para recordarlo
Adaptado significa silla de ruedas anclada con el viajero dentro.
Datos de la pregunta
- Bloque
- A. Marco jurídico
- Convocatoria
- APC València, 27 de mayo de 2023, pregunta 1
- Uso en el simulador
- Incluida en la práctica vigente
Fuentes oficiales
Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.