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Pregunta oficial de la GVA · 23 de septiembre de 2023

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi de la Comunitat Valenciana, el servicio discrecional se define como:

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B) Transporte que se efectúa sin sujeción a un itinerario, calendario u horario preestablecido.

Explicación de la respuesta

Según el artículo 2.g de la Ley 13/2017, es discrecional el transporte que se presta sin itinerario, calendario ni horario preestablecido, como el taxi, que va donde y cuando lo pide el cliente. Esa definición es la B.

En qué fijarte

La A es la definición de servicios interurbanos de taxi del artículo 2.e y la D la de transporte público del artículo 2.f. Las tres definiciones están juntas en la ley, por eso es fácil cruzarlas.

Para recordarlo

Discrecional: el cliente marca la ruta y la hora.

Datos de la pregunta

Bloque
A. Marco jurídico
Convocatoria
APC València, 23 de septiembre de 2023, pregunta 1
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.

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