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Pregunta oficial de la GVA · 26 de noviembre de 2022

De conformidad con la Orden 7/2022, de 26 de julio, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se regulan las tarifas urbanas de los servicios de transporte público de personas en vehículos automóviles de menos de nueve plazas, del área de prestación conjunta de València, según el artículo 2, la tarifa 8 es la:

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C) Tarifa interurbana especial, con origen en el aeropuerto, en horario nocturno o en días festivos.

Explicación de la respuesta

La Orden 7/2022 define la tarifa 8 como tarifa interurbana especial, con origen en el aeropuerto, en horario nocturno o en días festivos. Es la última de la serie y la única que combina aeropuerto, salida del área y horario especial.

En qué fijarte

La B describe una tarifa interurbana «con destino en el aeropuerto», que no existe: las tarifas del aeropuerto se definen por el origen.

Para recordarlo

5 y 6 urbanas, 7 y 8 interurbanas, todas saliendo del aeropuerto.

Datos de la pregunta

Bloque
B. Marco tarifario
Convocatoria
APC València, 26 de noviembre de 2022, pregunta 14
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.

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