Explicación de la respuesta
El artículo 2.1 de la Orden 3/2019 exige, al solicitar la tarjeta, permiso de conducir B o superior en vigor, certificado de capacitación válido en la Comunitat Valenciana, ser titular, autónomo colaborador o tener contrato para el servicio, y carecer de antecedentes penales en los términos de la Ley 13/2017. No pide ninguna titulación académica, por lo que la A es la que no es requisito.
En qué fijarte
Puedes pensar que la titulación es necesaria porque el artículo 8.2 de la Ley 13/2017 permite exigir un nivel mínimo de estudios para acceder a las pruebas de capacitación. Pero eso se valora antes, para examinarte, no al pedir la tarjeta.
Para recordarlo
Para la tarjeta: carné, certificado, vínculo con el taxi y antecedentes limpios; nada de títulos.
Datos de la pregunta
- Bloque
- A. Marco jurídico
- Convocatoria
- APC València, 25 de mayo de 2024, pregunta 12
- Uso en el simulador
- Incluida en la práctica vigente
Fuentes oficiales
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