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Pregunta oficial de la GVA · 5 de abril de 2025

De acuerdo con el artículo 20 de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi de la Comunitat Valenciana, es cierto en relación con las áreas de prestación conjunta que:

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C) Para formarse requieren, entre otras cosas, la conformidad de dos tercios de los ayuntamientos afectados que representen al menos un cincuenta por ciento de su población de derecho.

Explicación de la respuesta

El artículo 20.2 de la Ley 13/2017 exige, para establecer un área de prestación conjunta, orden de la conselleria, consulta a las asociaciones de usuarios y taxistas y la conformidad de dos tercios de los ayuntamientos afectados que representen al menos el cincuenta por ciento de su población de derecho. Es la C. Aun así, los municipios de más de 200.000 habitantes o más de 200 taxis pueden negarse a integrarse.

En qué fijarte

La B «Los municipios de más de 20.000 habitantes deberán agruparse…» suena a obligación legal, pero la ley dice que las áreas podrán crearse y no impone la integración a nadie.

Para recordarlo

Para crear un área: dos tercios de ayuntamientos y la mitad de la población.

Datos de la pregunta

Bloque
A. Marco jurídico
Convocatoria
APC València, 5 de abril de 2025, pregunta 8
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.

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