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Pregunta oficial de la GVA · 5 de abril de 2025

De acuerdo con el artículo 13 de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, de la Generalitat, del taxi de la Comunitat Valenciana, respecto a las plazas de los vehículos, es cierto que:

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A) Con carácter general, el transporte público de taxi se realizará con vehículos de entre cinco y siete plazas incluido el conductor, si bien podrá ser ampliable hasta nueve plazas en supuestos excepcionales.

Explicación de la respuesta

El artículo 13.1 de la Ley 13/2017 establece que, con carácter general, el taxi se presta con vehículos de entre cinco y siete plazas incluido el conductor, ampliable a nueve en supuestos excepcionales. La A es la redacción exacta. Esa franja encaja con la definición de vehículo de turismo del artículo 2, de cinco a nueve plazas.

En qué fijarte

La C «…entre cuatro y siete plazas…» parece razonable, pero la ley parte de cinco plazas contando al conductor.

Para recordarlo

Taxi normal: de cinco a siete plazas con el conductor dentro.

Datos de la pregunta

Bloque
A. Marco jurídico
Convocatoria
APC València, 5 de abril de 2025, pregunta 6
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.

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