Explicación de la respuesta
El artículo 13.1 de la Ley 13/2017 establece que, con carácter general, el taxi se presta con vehículos de entre cinco y siete plazas incluido el conductor, ampliable a nueve en supuestos excepcionales. La A es la redacción exacta. Esa franja encaja con la definición de vehículo de turismo del artículo 2, de cinco a nueve plazas.
En qué fijarte
La C «…entre cuatro y siete plazas…» parece razonable, pero la ley parte de cinco plazas contando al conductor.
Para recordarlo
Taxi normal: de cinco a siete plazas con el conductor dentro.
Datos de la pregunta
- Bloque
- A. Marco jurídico
- Convocatoria
- APC València, 5 de abril de 2025, pregunta 6
- Uso en el simulador
- Incluida en la práctica vigente
Fuentes oficiales
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