Explicación de la respuesta
El artículo 21.3 de la Ley 13/2017 permite contratar servicios a la demanda con pago individual por plaza en zonas de difícil acceso o débil tráfico, o cuando falte o sea insuficiente el transporte público colectivo. Es la B «En zonas de débil tráfico». En esos casos se aplican las tarifas especiales que fija la conselleria según el artículo 18.7.
En qué fijarte
La D «Al cargar en puertos y aeropuertos» suena familiar porque el artículo 21 sí los menciona, pero para otra cosa: cargar servicios interurbanos previamente contratados.
Para recordarlo
Pago por plaza solo donde apenas llega el autobús.
Datos de la pregunta
- Bloque
- A. Marco jurídico
- Convocatoria
- APC València, 30 de mayo de 2026, pregunta 6
- Uso en el simulador
- Incluida en la práctica vigente
Fuentes oficiales
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