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Pregunta oficial de la GVA · 28 de marzo de 2026

De acuerdo con el artículo 8 de la Orden 3/2019, de 6 de mayo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se regula la tarjeta identificativa de la persona que conduce el taxi en la Comunitat Valenciana, deberán comunicar de inmediato la pérdida o sustracción de la tarjeta identificativa al órgano competente en materia de transporte:

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C) Las personas que sean asalariadas que presten el servicio de taxi.

Explicación de la respuesta

El artículo 8 de la Orden 3/2019 obliga a comunicar de inmediato la pérdida o sustracción de la tarjeta a los titulares de autorizaciones, a las personas asalariadas que presten el servicio y a las autónomas colaboradoras, y a pedir a la vez una nueva. De las opciones, solo la C «Las personas que sean asalariadas que presten el servicio de taxi» nombra a uno de esos colectivos.

En qué fijarte

La D «Todas son correctas» atrae a quien recuerda que la obligación afecta a varios colectivos, pero la A y la B hablan de cualquier familiar o amigo, que no tienen relación con la tarjeta.

Para recordarlo

Avisa quien conduce con la tarjeta, nunca un amigo ni un familiar cualquiera.

Datos de la pregunta

Bloque
A. Marco jurídico
Convocatoria
APC València, 28 de marzo de 2026, pregunta 12
Uso en el simulador
Incluida en la práctica vigente

Fuentes oficiales

Reproducción del cuadernillo y su plantilla sin modificar las opciones ni su clave. Reutilización de información pública conforme a la Ley 37/2007. Luz Verde no es una web oficial.

Practica con preguntas verificadas

El simulador utiliza 474 preguntas con respuesta vigente. Las del archivo histórico sin verificar quedan fuera.

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